Obligaciones de los trabajadores - Soluciones NOM-035 - UDLAP

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En este caso el colaborador debe:

  • Observar las medidas de prevención, y en su caso, de control que dispone la norma.
  • Abstenerse de realizar prácticas contrarias al entorno organizacional favorable y actos de violencia o acoso laboral.
  • Responder los cuestionarios para la identificación de acontecimiento de trauma severo, entorno organizacional y factores de riesgo.
  • Informar si detecta prácticas opuestas a un entorno organizacional favorable, sobre un acontecimiento traumático y denunciar actos de violencia laboral utilizando los mecanismos que establece el patrón para tal efecto.
  • Acudir ante la institución de seguridad social que le corresponda para el seguimiento en el tratamiento o ayuda psicológica que requiera en caso de haber sufrido un acto traumático.

Los colaboradores deben cumplir con lo establecido en la norma y no pueden negarse a apegarse a estas medidas, dado que el incumplimiento de su parte puede provocar sanciones de carácter laboral las que, de ser de consecuencias graves, puede causar una rescisión de la relación laboral.