La NOM-035 señala las obligaciones del patrón y de los colaboradores en relación con estos riesgos:
La organización deberá generar planes de acción y seguimiento de la adopción de medidas preventivas, así como generar los expedientes e informes requeridos y responder a las posibles visitas e inspecciones las cuales pueden ser practicadas por la autoridad laboral en forma ordinaria o extraordinaria.
Las inspecciones ordinarias, son aquellas que la Secretaría del Trabajo (federal o estatal) autoriza y dirige a las empresas y tienen como finalidad el constatar el cumplimiento de la norma, las cuales pueden ocurrir una vez al año.
Las inspecciones extraordinarias, son aquellas que la Secretaría del Trabajo (federal o estatal) autoriza y dirige a las empresas y provienen de una queja presentada por un empleado de la organización, por tanto, este tipo de inspecciones pueden ocurrir en diversas ocasiones en cada año.